El Reglamento de IA en España.

Revisado el

Respuesta breve

En España, la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial (AESIA) figura en la lista de la Comisión como punto de contacto único para la vigilancia del mercado, con la designación nacional pendiente de adopción definitiva. El 26 de mayo de 2026 el Consejo de Ministros aprobó y remitió al Congreso el proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial, que atribuye principalmente a la AESIA los sistemas no regulados por legislación de producto.

Fuentes oficiales: Comisión Europea (en inglés) · Nota de prensa del Ministerio, 26 de mayo de 2026

Quién supervisaría qué

Reparto previsto en el proyecto de ley, según la nota de prensa del Ministerio
MateriaAutoridad o regla
Sistemas no regulados por legislación de producto, como empleo, biometría o educaciónPrincipalmente la AESIA, junto con la AEPD y el CGPJ según el ámbito
Punto de contacto único para la supervisiónAESIA
Espacio controlado de pruebas nacionalLo opera la AESIA
Clases de infraccionesMuy graves, graves y leves
SancionesHasta 35 millones de euros o el 7 % del volumen de negocio en los casos más graves y hasta 500 000 euros o el 0,5 % en los más leves

Lo que ya publica la AESIA

  • Preguntas frecuentes sobre el Código de Buenas Prácticas del artículo 50: «La adhesión al Código de Buenas Prácticas es voluntaria.»
  • Sobre los sistemas ya en el mercado: «Estos sistemas se beneficiarán de un período transitorio para adaptarse hasta el 2 de diciembre de 2026.»
  • Sobre el alcance del Código: «El Código no impone obligaciones más allá del Reglamento de IA.»

Estado y límites

  • El Reglamento europeo se aplica directamente: el artículo 50 rige desde el 2 de agosto de 2026, aunque la ley española esté en tramitación.
  • El proyecto de ley se remitió al Congreso de los Diputados el 26 de mayo de 2026; no hemos comprobado si ya se ha aprobado ni con qué cambios.
  • La lista de la Comisión (7 de septiembre de 2026) marca la designación española con un asterisco: decisión nacional pendiente de adopción definitiva.

Fuentes

Última revisión el por Volkan Çatak, fundador, Proofcan.

No es asesoramiento jurídico. Esta página explica textos oficiales con palabras sencillas y enlaza cada uno; compruebe las fuentes o consulte a un abogado antes de basar una decisión en ella.